¿Necesitas que otra persona firme cheques, pagarés u otros títulos de crédito en tu nombre? Con el Poder Notarial para Firmar Cheques y Títulos de Crédito puedes otorgar autorización legal para que un apoderado actúe en tu representación en operaciones financieras que impliquen instrumentos de pago. En Notario.org te ayudamos a realizar este trámite 100 % online, con total validez jurídica y la intervención de notarios colegiados en España.
Es un documento legal mediante el cual una persona (el poderdante) otorga a otra (el apoderado) la facultad de firmar cheques y títulos de crédito, como pagarés o letras, en su nombre. Este poder permite realizar actos jurídicos relacionados con instrumentos mercantiles que implican una obligación de pago.
Resulta especialmente útil para empresarios, representantes legales o personas que, por razones logísticas o de disponibilidad, no pueden estar presentes para la firma o gestión de estos documentos financieros.
Documento de identidad del otorgante: DNI, NIE o pasaporte en vigor
Datos del apoderado: Nombre completo y documento de identificación actualizado
Tipos de títulos autorizados: Cheques, pagarés, letras u otros documentos mercantiles
Condiciones del poder: Limitaciones de importe, vigencia, entidades o finalidad del uso
Medios técnicos: Acceso a internet y certificado digital o posibilidad de videoconferencia
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Solo si así lo decides. Puedes limitar el poder a cheques por debajo de cierta cuantía o para usos concretos.
Sí, siempre que esa facultad esté expresamente incluida en el poder notarial.
Si el poder está debidamente redactado y emitido por notario colegiado, tiene plena validez. En caso necesario, puede gestionarse su legalización adicional.
Sí. El poderdante puede revocar el poder en cualquier momento mediante escritura de revocación notarial.
Tú, como poderdante, eres legalmente responsable de los actos del apoderado dentro de los límites del poder. Es esencial otorgarlo con precaución y claridad.