¿Qué diferencia hay con un préstamo bancario?−
La póliza de crédito notarial puede formalizarse entre particulares, empresas o con entidades no bancarias. Ofrece mayor flexibilidad en condiciones y garantías, aunque los bancos suelen ofrecer mejores tipos de interés por su acceso a financiación masiva.
¿Qué ventaja tiene hacerlo ante notario?+
La póliza notarial tiene fuerza ejecutiva, lo que permite reclamar judicialmente la deuda mediante proceso de ejecución, mucho más rápido que un juicio declarativo ordinario. Además, el notario controla la legalidad y asesora a ambas partes.
¿Se puede incluir una hipoteca?+
Sí, la póliza puede incluir garantía hipotecaria sobre un inmueble. En ese caso, además de la firma notarial, se inscribirá la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
¿Cuánto cuesta formalizar una póliza?+
Los honorarios notariales dependen del importe del crédito y si incluye garantía real. También hay que considerar el impuesto AJD (en algunas comunidades). Te proporcionamos presupuesto detallado sin compromiso.
¿Qué documentación necesito?+
DNI/NIE de las partes, justificante de titularidad del inmueble si hay garantía real, y la documentación que acredite la operación. Te informamos específicamente según tu caso.
¿Puede ser entre familiares?+
Sí, es muy habitual formalizar pólizas de crédito entre padres e hijos, hermanos u otros familiares. Esto aporta seguridad jurídica y evita conflictos futuros, además de tener implicaciones fiscales favorables.
¿Qué pasa si no se paga?+
La póliza notarial permite iniciar directamente un procedimiento de ejecución judicial para reclamar la deuda, sin necesidad de juicio declarativo previo. Esto acelera mucho la recuperación del crédito.
¿Se puede cancelar o modificar?+
Sí, cuando el crédito se haya devuelto completamente se puede cancelar la póliza ante notario. También es posible modificar condiciones mediante una novación, siempre con acuerdo de ambas partes.
¿Qué es el título ejecutivo y por qué es importante?+
El título ejecutivo es un documento que permite iniciar directamente un proceso judicial de ejecución sin necesidad de juicio declarativo previo. La póliza notarial es título ejecutivo conforme al artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que significa que si el deudor no paga, el acreedor puede reclamar judicialmente la deuda de forma mucho más rápida (meses en lugar de años), embargando bienes directamente tras un simple requerimiento de pago.
¿Hay límite mínimo o máximo de importe?+
No hay límites legales, pero por costes de notaría suele ser práctico a partir de 10.000-15.000 euros. Para importes menores, un contrato privado puede ser suficiente. Para importes muy elevados (cientos de miles o millones), la póliza notarial aporta especial valor por la seguridad jurídica y ejecutiva. Cada caso se valora individualmente.
¿Qué impuestos conlleva?+
La póliza de crédito tributa por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en muchas comunidades autónomas, aunque algunas lo tienen bonificado o exento. El tipo varía entre el 0% y el 1,5% según la comunidad. Si incluye hipoteca, el AJD sí aplica en todas las comunidades. Los intereses del préstamo pueden tener deducciones fiscales según el destino de los fondos. Te asesoramos sobre las implicaciones fiscales específicas de tu operación.
¿Es obligatorio contratar un seguro?+
No es obligatorio por ley, salvo que así se pacte en la propia póliza. Sin embargo, si incluye garantía hipotecaria sobre un inmueble, es habitual (y recomendable) contratar un seguro de daños sobre el inmueble para proteger la garantía. Para préstamos personales importantes, algunos acreedores exigen un seguro de vida y/o invalidez del deudor.
¿Puede formalizarse a distancia?+
Sí, con las tecnologías actuales es posible formalizar pólizas de crédito a distancia mediante firma electrónica avanzada y videoconferencia notarial, cumpliendo todos los requisitos legales. Esto es especialmente útil cuando prestamista y prestatario están en ciudades diferentes. El notario verifica la identidad mediante videollamada, explica el contenido y las partes firman electrónicamente con certificado digital.
¿Qué pasa si el prestatario es una empresa?+
Si el prestatario es una sociedad mercantil, se requiere acreditar la representación legal (escritura de constitución, nombramientos de administradores vigentes), verificar que el órgano competente ha autorizado la operación (junta general o consejo para importes significativos según estatutos), aportar las cuentas anuales para valorar solvencia, y en ocasiones pueden exigirse garantías personales de los socios o administradores (avales solidarios). El notario verifica toda la documentación societaria.
¿Qué diferencia hay con una póliza mercantil simple?+
Una póliza de crédito intervenida por notario tiene fuerza ejecutiva plena conforme al artículo 517.2.5º LEC. Una póliza mercantil simple (documento privado con firmas legitimadas notarialmente) solo es título ejecutivo si reconoce una deuda líquida, vencida y exigible conforme al 517.2.4º LEC, pero puede ser más fácilmente impugnada. La póliza de crédito notarial es más robusta jurídicamente, aunque su coste es algo superior por los honorarios notariales completos.
¿Qué gana la entidad con la intervención notarial?+
La póliza pasa a ser título ejecutivo (art. 517.2.5º LEC): ante impago se puede acudir directamente a la ejecución, sin un juicio declarativo previo que llevaría años. Es la razón por la que los bancos la exigen.
¿Qué es lo que más retrasa una intervención?+
Los poderes. Un representante sin facultades suficientes o con poder no inscrito paraliza la firma. Por eso verificamos las facultades antes de la cita en lugar de descubrirlo en la videollamada.
¿Cuánto cuesta intervenir una póliza?+
El arancel es proporcional a la cuantía según tarifa oficial, más nuestra gestión. Con el importe de la póliza te damos el coste exacto antes de firmar.
¿Se puede intervenir una póliza ya firmada?+
La intervención debe producirse en el otorgamiento. Si la póliza ya se firmó sin notario, cabe elevarla a público o formalizar un reconocimiento de deuda; te indicamos la vía según el caso.
¿Necesito certificado digital?+
Sí, para firmar electrónicamente necesitas certificado digital o DNI electrónico. Si no lo tienes, te ayudamos a obtenerlo de forma rápida antes de tu cita, sin coste de gestión adicional.
¿Puedo hacerlo desde el extranjero?+
Sí, la videollamada notarial funciona desde cualquier país. Solo necesitas conexión estable, tu documento de identidad vigente y certificado digital.
¿Cuánto cuesta este servicio?+
El presupuesto incluye los aranceles notariales oficiales según tarifa del Colegio Notarial más nuestra gestión, cerrado antes de empezar y sin costes ocultos. Pídelo sin compromiso por WhatsApp o formulario.