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Puedes gestionar poderes notariales, testamentos, capitulaciones matrimoniales, aceptación y adjudicación de herencia, compraventa de inmuebles, cancelación de hipoteca, donaciones, reconocimientos de deuda o préstamos entre particulares, entre otros. Todo el proceso se inicia enviando la documentación y coordinando la cita de firma.

Debes indicar los datos completos de la persona a quien otorgas el poder y especificar las facultades que tendrá (generales o específicas). El notario redacta la escritura y puede permitir la firma presencial o, si la normativa lo autoriza, mediante videofirma o firma electrónica cualificada.

En la mayoría de los casos, la ley exige la firma presencial para el testamento abierto notarial. Sin embargo, se puede adelantar toda la preparación en línea: enviar la información, revisar el borrador y coordinar una cita rápida para firmar, minimizando el tiempo en la notaría.

Los herederos aportan certificados de defunción y últimas voluntades, el testamento (si lo hay), el inventario de bienes y las escrituras de propiedades. El notario redacta la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, calcula impuestos y gestiona la inscripción de los bienes a nombre de los herederos.

Debes solicitar al banco el certificado de deuda cero y la escritura de cancelación. El notario autoriza la escritura y se encarga de la inscripción en el Registro de la Propiedad para dejar constancia de que el inmueble queda libre de cargas.

Depende del tipo de acto. En general, la preparación de la escritura suele tardar entre 2 y 5 días hábiles, siempre que la documentación esté completa. Los honorarios se ajustan a los aranceles oficiales y se entrega un presupuesto detallado antes de comenzar.

Podrás recoger la copia autorizada en la notaría o, cuando la legislación lo permita, recibirla en formato digital con firma electrónica cualificada. También puedes solicitar copias simples para trámites administrativos o para conservar en tus archivos personales.