¿Necesitas que un abogado te represente en un juicio o gestione el cobro de una deuda en tu nombre? El Poder Notarial para Litigar y Cobrar es la herramienta legal que permite a otra persona (normalmente un abogado o procurador) actuar en tu nombre en procedimientos judiciales y extrajudiciales. En Notario.org, facilitamos este trámite de forma segura, rápida y completamente online, con la intervención de notarios colegiados en España.
Es un documento notarial mediante el cual otorgas a un apoderado la capacidad legal de representarte en procedimientos judiciales o para gestionar el cobro de obligaciones. El Poder Notarial para Litigar y Cobrar faculta al apoderado para:
Representarte ante tribunales de justicia.
Presentar demandas, contestaciones, recursos y otros escritos procesales.
Comparecer en audiencias o juicios.
Ejecutar sentencias y gestionar embargos.
Cobrar cantidades derivadas de resoluciones judiciales, contratos u obligaciones reconocidas.
Realizar gestiones extrajudiciales de cobro ante particulares o empresas.
Este poder resulta esencial si deseas otorgar representación legal sin estar presente durante el proceso.
Documento de identidad válido: DNI, NIE o pasaporte en vigor.
Datos completos del apoderado: Nombre, NIF y dirección.
Descripción del asunto judicial o de cobro: Opcional, pero recomendable si se desea concretar.
Conexión a internet y certificado digital: Para firma electrónica o participación por videoconferencia.
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Generalmente, se otorga a un abogado o procurador que actuará en tu nombre ante los tribunales. También puede ser otra persona de confianza si se trata de un cobro extrajudicial.
Sí. El poder puede limitarse a un procedimiento concreto, una cuantía determinada o una fase específica del proceso judicial.
Sí. El Poder Notarial para Litigar y Cobrar tiene plena validez en todo el territorio español, incluyendo tribunales de primera instancia, audiencias provinciales y superiores.
El trámite suele completarse en un plazo de 24 a 72 horas, según la disponibilidad del notario y la modalidad de firma elegida.
El poder para litigar y cobrar está centrado en actos procesales y de cobro. No autoriza gestiones patrimoniales ni comerciales fuera de este ámbito, como sí lo haría un poder general.