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Cambio o ampliación del objeto social

Adapta la actividad estatutaria de tu empresa antes de que te bloquee una operación.

El objeto social delimita lo que la sociedad puede hacer. Ampliarlo o sustituirlo exige modificación estatutaria, y en caso de sustitución sustancial nace el derecho de separación de los socios que no votaron a favor. Además, ciertas actividades exigen redacción específica o autorización previa: financieras, seguros, seguridad privada o formación reglada.

Ampliación o sustitución del objeto
Redacción compatible con CNAE y licitaciones
Análisis del derecho de separación de socios
Detección de actividades reservadas o autorizadas
Escritura por videollamada
Inscripción registral incluida
WhatsApp inmediato O LLÁMANOS 930 485 101
SOLICITUD ONLINE
Respuesta < 2 h
Solicita: Cambio de Objeto Social
">
Tus datos están protegidos y seguros
Ley 11/2023
Misma validez jurídica que la firma presencial
Colegiados
Notarios en ejercicio del Colegio Notarial de España
4,7 / 5
Valoración media de más de 1.000 clientes
< 2 h
Tiempo medio de respuesta a una solicitud

¿Para cuándo lo necesitas?

Los casos más habituales de este trámite

Nueva línea de negocio
La empresa diversifica y la actividad no encaja en el objeto vigente.
Licitaciones y contratos públicos
El pliego exige que el objeto social cubra expresamente la prestación.
Requisito de banco o cliente
Operaciones que se frenan porque el objeto no ampara la actividad facturada.
Pivotaje de la sociedad
Cambio real de actividad tras un giro estratégico.
REQUISITOS DE ESTE TRÁMITE
Acuerdo de junta con la mayoría reforzada del art. 199 LSC
Redacción del objeto suficientemente determinada: ni genérica ni excesivamente cerrada
Analizar si hay sustitución sustancial y por tanto derecho de separación (art. 346 LSC)
Autorización administrativa previa en actividades reservadas
Coherencia con los epígrafes de IAE y CNAE declarados
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAS
01Estatutos vigentes con el objeto actual
02Descripción de la nueva actividad y sus epígrafes
03Acta o certificación del acuerdo de la junta
04Autorizaciones sectoriales si la actividad las exige
NORMATIVA: LSC arts. 285-290 y 346 Reglamento del Registro Mercantil art. 178 RD 475/2007 (CNAE-2009) Ley 11/2023

¿Cómo funciona el proceso?

De la solicitud al documento firmado, sin desplazamientos

1 Diagnóstico del objeto 2 Redacción y derecho de separación 3 Junta y escritura 4 Inscripción y censal
1
Diagnóstico del objeto
⏱ 24-48 h
Comparamos objeto vigente, actividad real y actividad futura para ver si basta ampliar o hay sustitución.
2
Redacción y derecho de separación
⏱ 2-3 días
Escribimos el nuevo objeto y, si hay sustitución sustancial, articulamos el derecho de separación correctamente.
3
Junta y escritura
⏱ 30 min
Acuerdo y elevación a público por videollamada.
4
Inscripción y censal
⏱ 2-3 semanas
Inscripción en el Registro Mercantil y actualización de epígrafes en Hacienda.

Clientes que ya lo han hecho

Opiniones verificadas sobre este servicio

4,7★★★★★
★★★★★ES
"Nos quedamos fuera de una licitación porque el objeto social no cubría expresamente el servicio. Lo ampliaron con la redacción que pedía el pliego y a la siguiente entramos."
Dd
Director de operaciones
Servicios · Madrid
★★★★★ES
"Pivotamos de consultoría a producto SaaS. Nos explicaron que era sustitución sustancial y cómo gestionar el derecho de separación de un socio minoritario."
F
Fundador
Tecnología · Valencia
★★★★★EN
"Object clause extended to cover property management. The bank stopped raising objections immediately."
Gm
General manager
Real estate · Marbella
★★★★★ES
"Nuestra actividad requería redacción específica y autorización. Lo detectaron antes de firmar y evitamos una calificación negativa."
Sa
Socia administradora
Formación · Zaragoza
★★★★★ES
"Necesitaba el trámite con urgencia y lo resolvieron en tiempo récord. El notario fue muy profesional y recibí el documento al día siguiente."
CR
Carmen R.
España
★★★★★EN
"Excellent service from start to finish. Everything was handled online and the signed document arrived within 24 hours. Highly recommended."
JW
James W.
Reino Unido
★★★★★ES
"Lo gestioné desde Buenos Aires sin viajar a España. Me guiaron paso a paso, incluso con el certificado digital. Todo claro y sin sorpresas."
MG
Mariana G.
Argentina
★★★★★FR
"Démarche réalisée entièrement en ligne depuis Paris. Équipe très réactive sur WhatsApp et notaire très professionnel. Impeccable."
SL
Sophie L.
Francia
★★★★★ES
"El proceso fue mucho más sencillo de lo que esperaba. Atención cercana por WhatsApp y presupuesto cerrado sin costes ocultos."
AM
Andrés M.
España
★★★★★DE
"Die Beurkundung wurde komplett online erledigt. Schnelle Terminvergabe, klare Anweisungen und das Dokument kam am nächsten Tag."
KB
Katrin B.
Alemania
★★★★★IT
"Pratica completata interamente online dall'Italia. Notaio disponibile e documento firmato in 24 ore. Servizio eccellente."
MT
Marco T.
Italia
★★★★★PT
"Tratei de tudo sem sair de Lisboa. Acompanhamento constante por WhatsApp e documento entregue no dia seguinte. Recomendo totalmente."
BS
Beatriz S.
Portugal
★★★★★ES
"Desde CDMX pensé que sería complicadísimo, pero salió a la primera. Videollamada puntual, notario clarísimo y precio cerrado."
GP
Gloria P.
México
★★★★★EN
"Handled from New York without flying to Spain. Clear instructions, fast scheduling and constant updates. Five stars."
SK
Sarah K.
Estados Unidos

Preguntas frecuentes

En que consiste la modificacion de estatutos?
Es el procedimiento legal para cambiar o actualizar las clausulas de los estatutos sociales que regulan el funcionamiento de la empresa. Requiere acuerdo de junta general con las mayorias legales, escritura publica ante notario e inscripcion en el Registro Mercantil.
Que modificaciones requieren mayoria reforzada?+
Segun la Ley de Sociedades de Capital, se requieren mayorias reforzadas (2/3 del capital) para: cambio de objeto social, traslado de domicilio al extranjero, transformacion de la sociedad, fusion o escision, exclusion de socios y otras modificaciones que supriman o restrinjan derechos de los socios.
Cuanto tiempo dura el proceso completo?+
El proceso completo suele durar entre 3 y 4 semanas desde la consulta inicial hasta la inscripcion registral. El plazo depende de la complejidad de la modificacion y los tiempos de tramitacion del Registro Mercantil.
Se puede hacer el tramite online?+
Si, gran parte del proceso se puede gestionar online: consulta, redaccion de estatutos, preparacion de documentos y coordinacion con el notario. Solo se requiere presencia fisica para la firma de la escritura publica, aunque se puede usar firma digital si esta disponible.
Cuanto cuesta modificar los estatutos?+
El coste incluye honorarios notariales segun arancel (50-200EUR segun complejidad), tasas del Registro Mercantil (40-100EUR), certificados si son necesarios (15-40EUR) y nuestros honorarios de gestion. Solicita presupuesto sin compromiso.
Se requiere junta general para cualquier modificacion?+
Si, cualquier modificacion de estatutos requiere acuerdo de junta general de socios. Algunas modificaciones menores pueden ser acordadas por los administradores si los estatutos lo permiten expresamente, pero es excepcional.
Puedo modificar varias clausulas a la vez?+
Si, se pueden aprobar multiples modificaciones estatutarias en una unica junta general. Todas se elevan a escritura publica conjuntamente y se inscriben en un unico asiento registral, optimizando costes y tiempo.
Es necesario el derecho de separacion en algunas modificaciones?+
Si, la Ley de Sociedades de Capital reconoce el derecho de separacion de los socios (reembolso de participaciones) en modificaciones importantes: cambio de objeto social, traslado de domicilio al extranjero, cambio de tipo societario, o creacion/modificacion de prestaciones accesorias.
Que ocurre si el Registro Mercantil rechaza la modificacion?+
Si el Registro emite calificacion negativa, tenemos un plazo para subsanar defectos mediante diligencia notarial o nueva escritura. Nuestro asesoramiento previo minimiza el riesgo de rechazo al garantizar el cumplimiento normativo desde el inicio.
Hay que informar a los socios minoritarios de las modificaciones?+
Si, la convocatoria de junta debe incluir el orden del dia especificando las modificaciones propuestas. Los socios tienen derecho a examinar los textos completos antes de la junta y a formular preguntas. La Ley de Sociedades de Capital protege los derechos de informacion de los socios.
¿Puedo poner un objeto social muy amplio para no volver a cambiarlo?+
Es tentador, pero los registradores rechazan los objetos omnicomprensivos y los bancos y organismos desconfían de las sociedades que "hacen de todo". La solución razonable es un objeto preciso en el núcleo del negocio, con actividades conexas bien delimitadas.
¿Qué es el derecho de separación por cambio de objeto?+
Si el cambio supone una sustitución o modificación sustancial de la actividad, los socios que no votaron a favor pueden separarse de la sociedad y exigir el valor razonable de sus participaciones (art. 346 LSC). Por eso distinguir entre ampliar y sustituir no es un matiz teórico: puede costar dinero.
¿Debo cambiar también el epígrafe de IAE?+
Sí, si la actividad efectiva cambia. Son planos distintos (el estatutario y el fiscal) pero deben ser coherentes; la incoherencia es una señal de alerta en inspecciones.
Mi actividad requiere autorización, ¿puedo inscribir el objeto igualmente?+
En actividades reservadas (financieras, seguros, seguridad privada, ETT, entre otras) el Registro exige acreditar la autorización o hacer constar la exclusión expresa. Lo comprobamos antes de otorgar.
¿Cuánto tarda?+
La escritura en pocos días desde el acuerdo, y la inscripción entre dos y tres semanas. Si tienes una licitación con fecha, planifícalo con margen.
¿Los documentos firmados online tienen la misma validez que los presenciales?+
Exactamente la misma. La Ley 11/2023 reconoce la plena validez jurídica de los documentos notariales otorgados por videollamada con firma electrónica cualificada ante notario colegiado.
¿Necesito certificado digital?+
Sí, para firmar electrónicamente necesitas certificado digital o DNI electrónico. Si no lo tienes, te ayudamos a obtenerlo de forma rápida antes de tu cita, sin coste de gestión adicional.
¿Puedo hacerlo desde el extranjero?+
Sí, la videollamada notarial funciona desde cualquier país. Solo necesitas conexión estable, tu documento de identidad vigente y certificado digital.
¿Cuánto cuesta este servicio?+
El presupuesto incluye los aranceles notariales oficiales según tarifa del Colegio Notarial más nuestra gestión, cerrado antes de empezar y sin costes ocultos. Pídelo sin compromiso por WhatsApp o formulario.
¿Qué pasa si tengo dudas durante el proceso?+
Nuestro equipo te acompaña de principio a fin por WhatsApp, teléfono o email, y el notario resuelve todas tus dudas jurídicas antes de la firma.
¿Listo para empezar?
Solicita información sin compromiso: te contactamos en menos de 2 horas.
WhatsApp 930 485 101